Amigable Composición
Es el mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos o más personas le encomiendan a uno o varios terceros que actúan como sus mandatarios, la resolución del conflicto que los enfrenta. Estas personas se denominan Amigables Componedores y cuentan con un reconocido prestigio, trayectoria y solvencia moral para decidir la forma en que deben resolverse las controversias.
Para acceder a este servicio debe presentarse:
1. Solicitud escrita por cualquiera de las partes o por ambas.
2. Una relación de los hechos que originaron las controversias y lo que se pretenda por parte del solicitante con una estimación económica o con la manifestación de que su pretensión carece de valor.
3. Los documentos necesarios para respaldar la solicitud, en especial el documento en el que conste la voluntad de las partes de resolver su conflicto a través de la Amigable Composición.
Duración de un trámite de amigable composición:
Lo que establezcan las partes.
Beneficios:
Sencillez, informalidad y flexibilidad: Por no estar sometida a un procedimiento especial, la Amigable Composición es el Método Alternativo de Solución de Conflictos más simple y flexible. Son las partes las que en el Contrato de Composición determinan el alcance del Amigable Componedor y es éste el que, con base en su conocimiento, experiencia y pericia, determina la forma de solucionar el conflicto que los enfrenta. Validez: La decisión final del Amigable Componedor, como resultado de las discusiones, concesiones y arreglos que haya efectuado en la ejecución del mandato que las partes le han conferido, produce los mismos efectos de la transacción, y por tanto, pone fin a las disputas de los involucrados y es de obligatorio cumplimiento para los mismos.
Paso a Paso
Paso 1: Elaborar el contrato de composición, en el que se fijan los límites y el contenido de la controversia y, si se quiere, se establece también el nombre de el(los) amigable(s) componedor(es).
Paso 2: Presentar la solicitud ante el Centro. Puede ser presentada por una sola parte o por ambas conjuntamente.
Paso 3: Realizar la designación del Amigable Componedor. Puede ser realizada por las partes, por un tercero delegado por éstas para el efecto, o por el Centro.
Paso 4: Realizar la reunión de apertura. En ella el amigable componedor fija el alcance de la controversia y el procedimiento a seguir con las partes.
Paso 5: Cumplir con el procedimiento establecido en la reunión de apertura y pagar los gastos definidos para el trámite.
Paso 6: Suscribir el contrato de transacción, el cual pone fin al conflicto.
Valor:
Es el mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos o más personas le encomiendan a uno o varios terceros que actúan como sus mandatarios, la resolución del conflicto que los enfrenta. Estas personas se denominan Amigables Componedores y cuentan con un reconocido prestigio, trayectoria y solvencia moral para decidir la forma en que deben resolverse las controversias.
Para acceder a este servicio debe presentarse:
1. Solicitud escrita por cualquiera de las partes o por ambas.
2. Una relación de los hechos que originaron las controversias y lo que se pretenda por parte del solicitante con una estimación económica o con la manifestación de que su pretensión carece de valor.
3. Los documentos necesarios para respaldar la solicitud, en especial el documento en el que conste la voluntad de las partes de resolver su conflicto a través de la Amigable Composición.
Duración de un trámite de amigable composición:
Lo que establezcan las partes.
Beneficios:
Sencillez, informalidad y flexibilidad: Por no estar sometida a un procedimiento especial, la Amigable Composición es el Método Alternativo de Solución de Conflictos más simple y flexible. Son las partes las que en el Contrato de Composición determinan el alcance del Amigable Componedor y es éste el que, con base en su conocimiento, experiencia y pericia, determina la forma de solucionar el conflicto que los enfrenta. Validez: La decisión final del Amigable Componedor, como resultado de las discusiones, concesiones y arreglos que haya efectuado en la ejecución del mandato que las partes le han conferido, produce los mismos efectos de la transacción, y por tanto, pone fin a las disputas de los involucrados y es de obligatorio cumplimiento para los mismos.
Paso a Paso
Paso 1: Elaborar el contrato de composición, en el que se fijan los límites y el contenido de la controversia y, si se quiere, se establece también el nombre de el(los) amigable(s) componedor(es).
Paso 2: Presentar la solicitud ante el Centro. Puede ser presentada por una sola parte o por ambas conjuntamente.
Paso 3: Realizar la designación del Amigable Componedor. Puede ser realizada por las partes, por un tercero delegado por éstas para el efecto, o por el Centro.
Paso 4: Realizar la reunión de apertura. En ella el amigable componedor fija el alcance de la controversia y el procedimiento a seguir con las partes.
Paso 5: Cumplir con el procedimiento establecido en la reunión de apertura y pagar los gastos definidos para el trámite.
Paso 6: Suscribir el contrato de transacción, el cual pone fin al conflicto.
Valor:
En el siguiente link podras observar un modelo de calculadora de tarifas del Centro de Conciliacion de la Camara de Comercio de Medellin el cual cuenta con unas tarifas aprobadas por el Ministerio de Justicia y del Derecho, en las cuales se consagran los valores correspondientes a los procesos de Amigable Composición y que equivalen a los definidos para los procesos arbitrales. Este valor cubre los costos correspondientes a la gestión realizada por el Centro, así como los gastos de correspondencia, servicios públicos, salas y honorarios del Amigable Componedor.
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